Presidente Abinader declara estado de emergencia para las provincias Puerto Plata, Espaillat, Valverde, Santiago, Santo Domingo y el Distrito Nacional

Santo Domingo.- El presidente Luís Abinader  declaró estado de emergencia regional para cinco provincias y el  Distrito Nacional, como consecuencia de los daños y afectaciones causadas por la vaguada asociada a un sistema de baja presión que ha impactado el territorio nacional, generando daños significativos en la agricultura, las infraestructuras, viviendas y otros sectores.

La disposición está contenida en el decreto 234-26, dado a conocer pasada las cuatro de la mañana de este lunes, por la Dirección de Prensa del Presidente, a pesar de que tiene fecha del domingo.

La emergencia, fue colocada a las provincias de Puerto Plata, Espaillat, Valverde, Santiago, Santo Domingo y el Distrito Nacional, impactadas, algunas muy leve, por las lluvias de los últimos días.

“Se declara la situación prevista en el artículo 23 de la Ley núm. 147-02, del 22 de septiembre de 2002, sobre Gestión de Riesgos, clasificándola con carácter regional, en las provincias Puerto Plata, Espaillat, Valverde, Santiago, Distrito Nacional y Santo Domingo, como consecuencia de los daños y afectaciones causadas por la vaguada asociada a un sistema de baja presión que ha impactado el territorio nacional, generando daños significativos en la agricultura, las infraestructuras, las viviendas y otros sectores”, expresa el artículo primero del decreto 234-26.

El segundo articulado, expresa que el “Poder Ejecutivo, mientras no se haya declarado que la situación ha vuelto a la normalidad, podrá modificar la calificación de la situación declarada en el artículo primero del presente decreto y las disposiciones del régimen especial que deberán ser aplicadas, según lo establece el párrafo uno del artículo 23 de la Ley núm. 147-02, sobre Gestión de Riesgos”.

En tanto, el tercer artículo de la pieza del Poder Ejecutivo dispone que se envíe al Ministerio de Hacienda, a la Dirección General de Presupuesto, a la Contraloría General de la República, a la Comisión Nacional de Emergencias, y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y ejecución.

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