El Segundo Tribunal Colegiado DN deja libre exadministrador LN, Luis Maisichell Dicent y camarógrafo Perdomo Peralta, pero reparte 18 años en 3 empleados por fraude con número 13

Santo Domingo.- El Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional  condenó con penas de cinco, seis y siete años de prisión a los imputados del caso de fraude en Lotería Nacional y dictó pena absolutoria por insuficiencia de pruebas a favor del exadministrador,  Luis Maisichell Dicent y el camarógrafo Edison Manuel Perdomo Peralta.

El tribunal, presidido por Claribel Nivar e integrado por Yissel Soto y Katherine Rubio, tomó la decisión a unanimidad.

“Dicta sentencia absolutoria a favor del procesado Luis Maisichell Dicent, acusado de violación de las disposición legal de los artículos 123, 124, 166, 167, 174, 175, 179, 180, 265, 266 y 405 párrafo del Código Penal Dominicano los artículos 3 y 5 de la Ley núm. 448-06, sobre Soborno en el Comercio y La Inversión, los artículos 3, numerales 1, 2 y 3, artículo 4, numerales 9) y 10), artículo 8 numerales 1 y 5 y artículo 9, numeral 2) y 4) de la Ley núm. 155-17, contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, los cuales tipifican y sancionan el crimen de colisión de funcionario, prevaricación, asociación de malhechores, estafa, soborno activo y lavado de activo, y a favor del procesado Edison Manuel Perdomo Peralta, acusado de violación de las disposiciones de los artículo 123, 124, 166, 167, 179, 180, 265, 266 y 405 del Código Penal Dominicano, artículos 3 y 5 de la Ley núm. 448- 06 sobre Soborno en el Comercio y la Inversión; artículo 3 numerales 1), 2), y 3), artículo 4 numerales 9) y 10), artículos 8 numerales 1) y 5) y artículo 9 numerales 2) y 4) de la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo”, expresa el noveno artículo de la sentencia.

Según la sentencia, Felipe Santiago Toribio, fue condenado a cinco años de prisión a ser cumplidos en Najayo Hombres, San Cristóbal, al ser encontrado culpable de violar las disposiciones de los artículos 265, 266 del Código Penal Dominicano, los artículos tres numeral tres, nueve numeral dos de la Ley número 155-17, contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, los cuales tipifican y sancionan los tipos penales de asociación de asociación de malhechores y lavado de activos, por haber sido probada la acusación presentada en su contra.

De los cinco años, Santiago Toribio cumplirá tres años en la cárcel y dos suspendidos bajo reglas.

Fue condenado a seis años de prisión, Eladio Batista Valerio (El Gago), al ser encontrado culpable por violación de las disposiciones establecidas en los artículos 265 y 266 del Código Penal Dominicano, los artículos tres numeral tres), y artículo nueve numeral dos) de la Ley núm. 155-17, contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo.

El Gago deberá cumplir la sentencia de seis años de cárcel en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombres.

El tribunal, ordenó el cese de la medida de coerción, impuestas al procesado Luis Maisichell Dicent, dictada el 22 de diciembre del año 2022, por el Segundo Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional.

En el primero de los artículos se declara al procesado William Lizandro Rosario Ortiz, culpable por violación a las disposiciones establecidas en los artículos 179 y 180 del Código Penal Dominicano, los artículos tres y cinco de la Ley núm. 448-06, Sobre Soborno en el Comercio y la Inversión.

Rosario Ortiz fue condenado a cumplir la pena de siete años de prisión, a ser cumplidos en el Centro de Corrección y rehabilitación Najayo Hombres.

La sentencia será leída de forma íntegra el próximo tres de abril.

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