La DGCP suspende 11 registros de Proveedores a 10 senadores del PRM y un aliado vendían al Estado; desde Barahona hasta Puerto Plata y desde Elías Piña hasta Montecristi violaban la Ley

Santo Domingo.- La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) suspendió de oficio de registro de Proveedores del Estado 11 registros de senadores de la República, pertenecientes al oficialista Partido Revolucionario Moderno (PRM) y aliados.

Explicó que la medida se llevó a cabo el pasado 19 de junio, durante la implementación de la Ley 47-25 que entró en vigencia en enero pasado, la cual establece un régimen de inhabilitación absoluta para los funcionarios electos y designados.

 El primero en el listado de los senadores a quienes la DGCP le suspendió su registro es el representante de Barahona, Moisés Ayala Pérez; Santiago Zorrilla, El Seibo; Jonhson Encarnación Díaz, Elías Piña; Carlos Manuel Gómez Ureña, Espaillat; Ginnette Altagracia Bournigal Socías de Jiménez, Puerto Plata; Gustavo Lara Salazar, San Cristóbal; Daniel Enrique de Jesús  Rivera Reyes, Santiago; Bernardo Alemán Rodríguez, Montecristi; Casimiro Antonio Marte Familia, Santiago Rodríguez y Alexis Victoria Yeb, María Trinidad Sánchez.

A través de un documento de prensa, la DGCP dijo que contrario a la ley derogada, la 340-06, que permitía la participación accionaria de un 10% de los funcionarios de primer nivel, como es el caso de los senadores, el nuevo marco legal vigente establece en su artículo 38, la prohibición expresa de su participación societaria sin importar el porcentaje e impide que estos mantengan funciones de dirección, gerencia o participación en consejos de administración.

Mediante una nota de prensa, la DGCP recordó que, en el ejercicio de sus atribuciones como administrador del Registro de Proveedores del Estado, el 13 de febrero pasado, emitió la circular número  DGCP44-PNP-2026- 001, otorgando un plazo de 15 días hábiles a los funcionarios y servidores del Estado dominicanos comprendidos dentro de las causales de inhabilidad a los fines de que solicitaran la suspensión de su RPE porque agotado el plazo procedería con la suspensión de oficio, conforme a lo establecido en el artículo 69 del Reglamento  de Aplicación núm. 52-26.

La DGCP insistió que los cruces de datos y las tareas de verificación y debida diligencia que dieron como resultado lo dispuesto en el acto administrativo número  DGCP44-2026-002421 forman parte de sus labores rutinarias para preservar la integridad del RPE.

Aclaró que esas disposiciones no revisten un carácter sancionador ni constituyen una medida punitiva contra los titulares del Registro de Proveedores del Estado (RPE), sino que responden a una medida de naturaleza preventiva y administrativa cuya finalidad es asegurar el estricto cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Ley 47-25 de Contrataciones Públicas, que establece las inhabilidades aplicables a determinadas personas para contratar con el Estado mientras se encuentren en el ejercicio de funciones.

 La DGCP reveló que, en lo que va de año, desde la entrada en vigencia de la Ley 47-25, se han emitido tres actos administrativos (DGCP44-2026-000893; DGCP44-2026-001477 y el DGCP 44-2026-002424), disponibles en su página web, donde dispone la suspensión de oficio de 81 RPE de funcionarios electos y designados.

Mientras que, en el periodo 2020-2025 el órgano rector emitió un acto administrativo y tres resoluciones que ordenaron la suspensión de oficio del RPE de 591 funcionarios de primer y segundo nivel jerárquico, así como de autoridades municipales electas en el periodo 2024-2028 y sociedades comerciales relacionadas, conforme a las disposiciones del artículo 14 de la derogada Ley núm. 340-06.

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