Santo Domingo.-El Tribunal Constitucional (TC) rechazó el recurso de revisión incoado por la razón social constructora Norberto Odebrecht S.A., en contra de una sentencia dictada en 2018 por el Tribunal Superior Administrativo (TSA) que ratifica su inhabilitación para ser proveedora del Estado.
De acuerdo con la sentencia TC/0500/23, dictada el pasado mes de agosto, el Registro de Proveedores del Estado (RPE) de la constructora multinacional continuará suspendido y, por consiguiente, inhabilitada para contratar con el Estado, hasta tanto el Ministerio Público finalice sus investigaciones y presente acto conclusivo, de conformidad con el artículo 150 del Código Procesal Dominicano.
En el 2017, la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP), mediante la resolución 8/2017 de fecha 19 de enero de 2017, suspendió el RPE de la empresa brasileña, a solicitud de la Procuraduría General de la República, por existir en su contra una investigación penal abierta en la justicia.
Por otra parte, la DGCP dio a conocer la decisión del TC mediante una nota de prensa en la que también informó que en lo que va de año, ha inhabilitado de forma temporal y permanente a 23 proveedores inscritos en el Registro de Proveedores del Estado.
El órgano regulador de las adquisiciones gubernamentales informó que impuso esas sanciones administrativas porque los suplidores incurrieron en falsificación de documentos públicos, lo que constituye una falta grave, según lo establece el numeral cinco del artículo 66 y su párrafo primero de la Ley 340-06 de Contrataciones Públicas.
La DGCP agregó que acogiéndose al principio de coordinación y colaboración de la administración pública, sometió ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y la Unidad de Investigación de delitos tributarios del Ministerio Público seis de estos expedientes a fin de que estos entes puedan establecer las consecuencias correspondientes, sean estas administrativas, civiles o penales.