DAMASCO.- Un tribunal penal sirio condenó a muerte a Wassim Al Assad, primo del derrocado presidente Bashar Al Assad, acusado de “crímenes de guerra y contra la humanidad”.
La sentencia se leyó en el Cuarto Tribunal Penal de Damasco, el mismo que dictó la pena de muerte en rebeldía a Bashar Al Assad —actualmente exiliado en Rusia— y a su hermano Maher Al Assad la semana pasada.
Durante una audiencia televisada, el juez Fakhr al Din al Uryan leyó el fallo en el que se declaró a Wassim culpable de “planificar y participar en la matanza en los sucesos de Guta Oriental”, en las afueras de Damasco, así como en el suburbio de Mleha.
El juez detalló que Wassim Al Assad fue hallado culpable de “cometer los crímenes de chantaje, amenaza y disparos contra los civiles” desde 2011, año en que comenzaron las revueltas populares que originaron una guerra de 14 años. También se lo responsabilizó de “crímenes de asesinato premeditado de más de una persona y de tortura, lo que se considera crímenes contra la humanidad y crímenes de guerra, según la ley”.
Además de la pena de muerte, el tribunal ordenó la confiscación de sus fondos e informó al comité de desaparecidos y a la fiscalía para la apertura de expedientes “sobre las personas desaparecidas”.
Wassim Al Assad, considerado figura clave en la red regional de narcotráfico vinculada al financiamiento del régimen sirio mediante la producción y venta de captagón, fue capturado por fuerzas de seguridad sirias en una emboscada cerca de la frontera entre Líbano y Siria en junio de 2025, tras el colapso del gobierno de Al Assad.
Respecto a las acusaciones por narcotráfico, el juez afirmó que no se hallaron pruebas suficientes para vincularlo con estos delitos.
A diferencia de Bashar y Maher, Wassim Al Assad compareció en persona durante todo el proceso, iniciado el 24 de junio, enfrentando cargos de asesinato premeditado, narcotráfico y delitos contra la seguridad nacional. Su defensa solicitó clemencia, alegando que no correspondía la pena capital.
Siria no ha promulgado una ley de justicia transicional, por lo que estos juicios se rigen por el Código Penal de 1949, una situación que, según expertos legales y organizaciones de derechos humanos, introduce incertidumbre en el marco jurídico de las sentencias.