Contraloría prohíbe a ministros, directores y demás funcionarios del Estado, prolongar contratación de obras, bienes y servicios

Santo Domingo.- La Contraloría General de la República prohibió a los ministros, directores generales y demás funcionarios de las instituciones del Estado, prolongar la contratación de obras, bienes y servicios, realizados mediante contrato, cuyo término de vigencia perimió, sin que hayan sido sometidos a un nuevo proceso de contratación o adenda conforme a la Ley.

A través de la resolución 2020-0012, firmada por el contralor Luis Rafael Delgado Sánchez, se establece que la prohibición abarca a las entidades sujetas al ámbito de la aplicación de la Ley 10-07, que establece el Sistema Nacional de Control Interno y su reglamento de aplicación 491-07.

Delgado Sánchez, también dispone, la prohibición del registro en el Sistema de Registro de Contratos de la Contraloría la certificación de documentos denominados «reconocimiento de deuda», por tratarse de una convención contraria a las leyes y evasora del Sistema Nacional de Control Interno (SINACI).

Asimismo, instruyó a la Dirección de Revisión y Control de Calidad conjuntamente con el departamento de Registro de Contrato, verificar y comprobar los requerimientos de los incumbentes de las instituciones que a la fecha tengan factura y constancia de deudas, por suministro de obras, bienes y servicios al Estado, a los fines de validar la acreencia y recomendar al contralor la autorización del pago.

Antecedentes

La Contraloría advirtió que ha constituido una práctica incorrecta de algunas instituciones del Estado, cuyos responsables suelen prolongar convenios obviando la modalidad de contratación, luego que dichos contratos han concluido y perdido su fuerza legal; hábito que constituye una fragrante violación a la Constitución y a las leyes, que es preciso corregir.

Explicó que también se ha fomentado la realización de un reconocimiento de deuda, acuerdo mediante el cual el incumbente de una entidad, expresa de manera unilateral que adeuda sumas de dinero a un proveedor, sin dar cumplimiento a las prescripciones legales, cuyo documento es solicitado para el registro en el sistema de Control Interno de la Contraloría, acción que trastoca el ordenamiento legal.

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