El Ejecutivo introduce cambios en el toque de queda: libre transito será hasta las 10pm
Santo Domingo.– El Gobierno flexibilizó este viernes el horario del toque de queda a nivel nacional, según el decreto 37-21, que otorga una gracia de tres horas todos los días para el libre tránsito.
De acuerdo a la medida que tendrá vigencia a partir de este 27 de enero hasta el 8 de febrero, el toque de queda de lunes a viernes será de 7:00 de la noche a 5:00 de la mañana.
En tanto que los sábados y domingos el toque de queda iniciará a las 5:00 de la tarde hasta las 5:00 de la mañana.
Así lo dio a conocer la vicepresidenta de la República, Raquel Peña, quien agregó que todos los días se proporcionarán tres horas de libre tránsito para que las personas puedan desplazarse a sus hogares.
En tal sentido, las personas podrán circular de lunes a viernes hasta las 10:00 de la noche y hasta las 8:00 de la noche los sábados y domingos.
Igual que con las medidas anteriores, pueden circular las personas dedicadas a los servicios de salud, tales como médicos, enfermeros, bioanalistas, personal paramédico y personal farmacéutico.
Además, personas con alguna emergencia médica que necesiten dirigirse a algún centro de salud o farmacia. Los servicios de seguridad privada debidamente identificadas.
Miembros de la prensa y demás medios de comunicación debidamente acreditados.
Asimismo, operadores de vehículos y técnicos de empresas e instituciones prestadoras de servicios de energía, agua, telecomunicaciones y recogida de desechos sólidos debidamente identificados, exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales.
Operadores de vehículos dedicados a la distribución urbana e interurbana de mercancías, insumos y combustible debidamente identificados exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales.
«Personas que laboren en la industria y comercio de alimentos, productos médicos y farmacéuticos y estén en tránsito hacia y desde sus lugares de trabajo, siempre que porten identificación de una empresa autorizada por la Comisión de Alto Nivel para la Prevención y Control del Coronavirus.
Empleados de empresas que brinden servicios funerarios, exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales», agrega el decreto.
Empleados o contratistas de los sectores de hotelería, minería y zonas francas, exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales.
Empleados de Opret y OMSA, tras la culminación de sus labores, siempre que estén debidamente identificados y se dirijan hacia sus hogares.