El Inacif incinera más droga falsa que verdadera; quema 102 kilos de verdadera y 189 kilos de falsa decomisadas en varias provincias en lo que va de diciembre 2023

SANTO DOMINGO.- El Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF), incineró más de 102 kilos de drogas y otros 189 de sustancias que resultaron negativas, luego de ser analizadas en los laboratorios de la institución dependencia de la Procuraduría General de la República.

Según el informe del INACIF, las drogas pesaban en total 102 kilos, 434 gramos y 444 miligramos; mientras que 189 kilos, 189 gramos y 262 miligramos corresponden a sustancias que resultaron negativas tras ser analizadas en sus laboratorios.

La incineración abarca 633 casos que recibió el Inacif en la semana del 14 al 21 de diciembre, puntualizando que 72 kilos, 489 gramos y 953 miligramos fueron de cocaína clorhidratada; 26 kilos, 622 gramos y 952 miligramos de marihuana; dos kilos, 770 gramos y 99 miligramos de crack; 355 gramos y 20 miligramos de éxtasis; 149 gramos y 650 miligramos de hachís; 35 gramos y 470 miligramos de metanfetamina, así como 11 gramos y 300 miligramos de heroína.

Las sustancias fueron decomisadas por la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) en las provincias de Santo Domingo con 70,761.719, Barahona con 6,630.978, Distrito Nacional con 6,542.103, Santiago 5,312.742, María Trinidad Sánchez 3,640.811, Duarte 2,481.760, La Vega 1,629.706, La Altagracia 948.903 y Azua 715.423.

También recibieron casos de decomisos, en menor cantidad, de las provincias Espaillat, Hato Mayor, Monte Plata, San Cristóbal, San José de Ocoa, El Seibo, San Juan, Montecristi, Sánchez Ramírez, Samaná, Puerto Plata, Independencia y La Romana.

La incineración se llevó a cabo en la Primera Brigada de Infantería del Ejército de República Dominicana, ubicada en el kilómetro 25 de la Autopista Duarte del municipio Pedro Brand en Santo Domingo Oeste, de conformidad con las disposiciones de los artículos 33 y 92 de la Ley 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas y el artículo 26, acápite 3 de la Ley 133-11, Ley Orgánica del Ministerio Público.   

Este sitio web utiliza cookies para mejorar su experiencia. Asumiremos que está de acuerdo con esto, pero puede optar por no participar si lo desea. Aceptar Leer más Aceptar Leer más

Privacidad & Cookies Politica