El Observatorio por el Justo Proceso considera que Ministerio Público valida actuaciones arbitrarias en sistema derogado

Santo Domingo.- El Observatorio por el Justo Proceso consideró que el  Ministerio Público está validando actuaciones arbitrarias e inquisitorias un sistema que está  derogado.

 Dijo que asaltar por sorpresa a personas, negándoles el ejercicio de sus garantías procesales en la etapa preparatoria, es abono del caos institucional.

En su tercer informe, los abogados constitucionalistas han comprobado que el Ministerio Público está violándole a determinados imputados el derecho a la defensa, al punto que dirige actos investigativos en contra de personas que ni siquiera sospechan estar en la mira del órgano de persecución.

 Manifestaron que en armonía con el paradigma penal acusatorio, los tribunales judiciales deben velar por la materialización del debido proceso, y en caso de que el sujeto pasivo solicite, por ejemplo, certificar que en su contra se ha encaminado un sumario violatorio de su derecho de defensa o al contradictorio, las actuaciones registradas deberían ser anuladas.

Los abogados constitucionalista que integran el  Observatorio, Eduardo Jorge Prats, Luis Díaz, Julio Cury, Francisco Franco, Esmery Colomby Rodríguez, Luis Ernesto Peña, Laura Ilán Guzmán, Carlos Julio Martínez; Marisol García, Rosalina Trueba, Dana Mercado, Juan Ramón Vásquez, José Eliseo Almanzar, Félix Rosario, Enrique Vallejo y Fernanda Frías, consideran que actualmente el sistema que prevalece es el acusatorio y que los fiscales están haciendo todo lo contrario, ya que actúan como si se tratara de un sistema inquisitorio.

“Pasar de investigado a imputado sin saberlo, supone haber actuado en desequilibrio de fuerzas, lo que fractura clarísimamente el derecho de defensa, contradicción e igualdad de armas”, sostienen los juristas constitucionalistas.

 Precisan que la dignidad de la persona postula la existencia del derecho a ser sujeto del proceso, no objeto del mismo.

El debido proceso que se predica a toda clase de actuaciones judiciales se aplica a la etapa de la investigación previa.

“El derecho a la presunción de inocencia que acompaña a toda persona hasta que se le condene en virtud de sentencia firme, se vulnera si no se comunica oportunamente la existencia de una investigación preliminar a la persona involucrada en los hechos, de modo que esta pueda, desde esta etapa, ejercer su derecho de defensa conociendo y presentando las pruebas respectivas”, dicen los integrantes del Observatorio por un Justo Proceso.

Expresaron que de lo contrario los investigadores prefieren, “medicina” de mucho peor remedio que la enfermedad que se pretende combatir.

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