El presidente Abinader prorroga toque de queda por otros 45 días, prohíbe el teteo a todas horas y venta de bebidas alcohólicas de seis de la tarde a cinco de la mañana, pero flexibiliza horario
Santo Domingo.- El presidente Luis Abinader, prorrogó por un período de 45 días, a partir del 14 de julio venidero, el estado de emergencia declarado en el territorio nacional mediante el decreto número 265-20 para combatir la COVID-19.
El jefe de Estado, toma la decisión a través del decreto, 417-21, de fecha dos de julio.
El segundo de los artículos, expresa que la prórroga de 45 días, son para combatir oportunamente la COVID-19 y salvaguardar la vida y salud de la población, en virtud de las autorizaciones otorgadas por el Congreso Nacional mediante las resoluciones varias resoluciones.
Mientras con el decreto 419-21, el presidente Abinader modifica el horario del toque de queda, los siete días de la semana.
“El presente decreto tiene por objetivo modificar el toque de queda y las demás medidas de distanciamiento social dispuestas en el marco del estado de emergencia declarado para combatir la Covid-19”, expresa el primero de los artículos del decreto 417.
El decreto establece, que a partir del siete de julio, se establece el toque de queda, de lunes a viernes, desde las diez de la noche hasta las cinco de la mañana, y los sábados y domingos, desde las siete de la noche hasta las cinco de la mañana.
“Se dispone en el territorio nacional una gracia de libre circulación de dos horas adicionales todos los días, con el único propósito de que las personas puedan dirigirse a sus respectivas residencias. En consecuencia, habrá libre tránsito en el territorio nacional de lunes a viernes hasta la medianoche y los sábados y domingos hasta las nueve de la noche”, dice el decreto en su artículo cinco.
Mientras el séptimo articulado, el jefe del Ejecutivo mantiene prohibidas las actividades y eventos masivos que implique la aglomeración de personas, sin importar el lugar de que se trate.
El presidente Abinader, además, prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas en lugares público y privado, así como lugares de uso público, todos los días, de seis de la tarde a cinco de la mañana.