Exmiembro Cámara de Cuentas RD, Tomasina Tolentino de Mckenzie, recomienda a legisladores estudian modificación Ley 87-01 para beneficiar más empleados del Estado
Santo Domingo.- La exmiembro de la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, Tomasina Tolentino de Mckenzie, calificó como un paso necesario la reforma a la Ley 87-01, pero afirmó que resulta insuficiente para corregir las profundas inequidades del actual modelo basado en la capitalización individual y los requisitos del sistema de reparto estatal al amparo de la ley 379-81.
Destacó que en el Congreso Nacional se encuentre en discusión, un proyecto de reforma integral a la Ley 87‑01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), incluyendo ajustes al régimen de pensiones, salud y riesgos laborales.
“Es necesario que la reforma amplíe y fortalezca el acápite dedicado al sistema de reparto, integrándolo plenamente en el marco de la legislación de seguridad social”, precisó Tolentino de Mckenzie.
Explicó que la Ley 379‑81, que establece el régimen de Jubilaciones y Pensiones del Estado Dominicano dispone que, para tener derecho a una pensión por antigüedad, el trabajador debe haber cotizado al menos 20 años y tener 60 años cumplidos de edad.
Sostuvo que quienes no completen los 20 años quedan excluidos de la pensión, lo que afirmó, deja fuera del sistema a miles de trabajadores que no alcanzan ese mínimo, pese a haber contribuido por muchos años, en ocasiones, 19 años.
Tolentino de Mckenzie, recomendó, para garantizar un trato justo y reconocer los aportes realizados, devolución de aportes con valor presente neto, donde los trabajadores que no logren los 20 años recibirían sus recursos acumulados ajustados al valor presente neto, utilizando como tasa la rentabilidad promedio de las AFP.
Dijo que así se reconoce su contribución real, evitando pérdidas por el modelo actual.
Recomendó, también, una pensión proporcional por tiempo cotizado, la cual recaería en aquellos que hayan cotizado al menos el 75 % del tiempo requerido —equivalente a 15 años o más, y que recibirían una pensión proporcional al porcentaje que representa su tiempo cotizado.
La exmiembro de la Cámara de Cuentas puso como ejemplo, que si el empleado alcanza el 80 % del requisito de tiempo, obtendría un 80% de la pensión calculada con tiempo completo.
Afirmó que igual suerte deben correr los cotizantes de la ley 1896, sobre Seguros Sociales, quienes deben tener un mínimo de 400 cotizaciones para que les sea otorgada la pensión mínima establecida, equivalente a RD$10,000.00, sin embargo, debido a la deficiente organización de los archivos —situación transversal en la mayoría de las instituciones públicas— es muy difícil obtener la evidencia de las cotizaciones, por lo que muchos afiliados no obtienen el beneficio de la pensión.
Dijo qye las organizaciones como la Confederación Sindical de Trabajadores de las Américas (CSA) y centrales sindicales defienden un modelo de reparto público y solidario, planteado en la reforma de la Ley 87‑01, y que siga las recomendaciones del Convenio 102 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), para avanzar hacia un sistema universal, equitativo y no subyugado a la lógica del lucro financiero.
Tolentino de Mckenzie expresó que la discusión parlamentaria de la Ley 87‑01 es un primer paso, pero es vital que la reforma no se limite a modificaciones superficiales.
Expresó que para que la seguridad social sea verdaderamente integral, el sistema de reparto debe reivindicar su carácter público, reconocer aportes mediante valor presente neto, y garantizar pensiones proporcionales que reflejen años cotizados.
“Solo así lograremos un sistema justo, sostenible y digno para todos los trabajadores”, precisó.