Imponen tres meses de prisión preventiva contra hombre acusado de golpear, en Herrera, Santo Domingo Oeste, a su madre, sobrino de siete años con trastorno autista y una hermana

SANTO DOMINGO.- La Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de Santo Domingo Oeste dictó tres meses de prisión preventiva en contra de un hombre imputado por golpear a tres miembros de su familia (su madre, una hermana y un sobrino) en un hecho ocurrido en el sector Libertador de Herrera, el pasado cuatro de octubre del presente año.

La medida de coerción fue impuesta contra Santiago Ángeles Willmore, imputado por golpear a un sobrino de siete años que requiere de mayor cuidado al vivir con trastorno del espectro autista (TEA).

La fiscal Alexandra Marine, establece en la solicitud de medida de coerción, que el menor de edad fue trasladado en una unidad del Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1 al Hospital Pediátrico Dr. Robert Reid Cabral, donde recibió atención médica y fue diagnosticado con trauma craneal leve, luego de recibir un golpe en la cabeza propinado por el imputado con un objeto de madera.

El expediente de investigación también señala que otras dos personas integrantes del núcleo familiar habrían resultado agredidas físicamente, entre ellas, la madre de 86 años de edad y una hermana con discapacidad visual.

Durante la audiencia, el fiscal Joel Pinales, en representación del Ministerio Público, presentó varios elementos probatorios, que incluyen el certificado médico que señala que el niño presenta una lesión física reciente en la región frontal, curable en 20 días. Asimismo, fueron documentadas lesiones antiguas, cicatrizadas, compatibles con maltrato infantil.

Pinales también indicó que una de las víctimas adultas presenta una lesión contusa reciente en la región glútea, con un período de curación de 10 días, según consta el certificado médico.

La jueza Cecilia Toribio impuso la medida de coerción y ordenó su cumplimiento en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Las Parras, del municipio de Guerra, provincia Santo Domingo.

El órgano persecutor calificó provisional la conducta del procesado de violación al artículo 124, párrafo I, numerales 1, 4 y 5, y 126, numerales 10 y 11, de la Ley 74-25, así como el artículo 396, literales A y B, de la Ley 136-03 que crea el Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes; así como la Ley 352-98, sobre Protección de la Persona Envejeciente, y la Ley 5-13, Orgánica sobre Igualdad de Derechos de las Personas con Discapacidad.

Este sitio web utiliza cookies para mejorar su experiencia. Asumiremos que está de acuerdo con esto, pero puede optar por no participar si lo desea. Aceptar Leer más Aceptar Leer más

Privacidad & Cookies Politica