Namphí Rodríguez afirma decisión TSE favorece LF sea candidato 2020, faculta a otros aspirantes que perdieron en primarias
Santo Domingo.- El abogado constitucionalista Namphi Rodríguez, afirmó que la sentencia TSE-100-19 del Tribunal Superior Electoral (TSE) que declara inaplicables los artículos 49.4 de la Ley de Partidos y 134 de la Ley Electoral al ex-presidente Leonel Fernández, es oponible a la Junta Central Electoral (JCE) porque así lo dispone el procedimiento contencioso electoral.
Rodríguez dijo que el “principio de vinculatoriedad procesal” impone las decisiones del TSE a los partidos políticos, la JCE y los demás órganos del sistema electoral dominicano.
“Está fuera de toda duda que la sentencia emanada del TSE hace inaplicable la norma a Leonel Fernández y que, en virtud del “principio de vinculatoriedad procesal”, la misma se impone a la Junta Central Electoral (JCE), que no le queda otro camino que aplicarla para no incurrir en desacato constitucional”, dijo Rodríguez este martes.
El catedrático es el abogado ponente de la excepción de inconstitucionalidad en representación de Leonel Fernández y La Fuerza del Pueblo ante el TSE.
Respecto de los efectos de la sentencia sobre la condición de terceros candidatos en similares a las de Fernández, Rodríguez dijo que siendo el TSE el órgano de mayor jerarquía jurisdiccional del sistema electoral, su criterio debe ser adoptado por la JCE para hacer expansiva la sentencia y resolver cualquier duda que pueda afectar a otros candidatos.