Namphi Rodríguez: Fallo del TC no perturba sentencia del TSE sobre candidatura de expresidente Fernández

Santo Domingo.- El abogado Namphi Rodríguez, aclaró que el “carácter  abstracto”, de la decisión que tiene pendiente rendir el Tribunal Constitucional, sobre las leyes de Partidos Políticos y Régimen Electoral no afecta la sentencia del Tribunal Superior Electoral (TSE), que juzgó que Leonel Fernández no tiene ningún impedimento para ser candidato a las elecciones del año próximo.

Rodríguez, explicó que ha sido el propio Tribunal Constitucional que ha juzgado en su sentencia TC/0030/14, que el hecho de “una norma pueda ser considerada en abstracto conforme a la Constitución no impide considerar que algunos supuestos su aplicación podría suponer una amenaza o lesión a derechos fundamentales”.

En este mismo orden, expuso que el Tribunal Constitucional sólo puede declarar la norma compatible con la Constitución, de lo contrario, inconstitucional, y en ninguno de los dos casos surtiría efectos sobre la sentencia del TSE que favoreció la candidatura del expresidente Fernández.

El también catedrático de derecho constitucional, explicó que si se produjera el primer caso y el tribunal rechazara declarar anticonstitucional los artículos 49.4 de la Ley de Partidos Políticos y 134 de la Ley de Régimen Electoral, la propia Ley 137-11, de Procedimientos Constitucionales, establece en su artículo 44 que esa decisión sólo causa efectos entre las partes y no produce cosa juzgada para los terceros.

“Leonel Fernández no ha sido parte accionante ante el Tribunal Constitucional, por lo que aunque la norma se declare constitucional si se rechaza la pretensión del accionante, la misma no constituye cosa juzgada para él ni para los terceros”, declaró.

Dijo existen infinidad de leyes que están vigentes y que se declaran “inaplicables” a casos concretos de personas en los tribunales.

“El objeto del control difuso constitucionalidad que hacen los tribunales ordinarios y especiales no es sacar la norma del ordenamiento jurídico, sino analizar su encuadre en un caso en concreto, que fue lo que hizo el TSE con el expediente “Leonel Fernández”, para decidir que él no tenía impedimento para ser candidato”, puntualizó el jurista.

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