Ramfis Domínguez Trujillo envía comunicación a comisión especial que estudia Código Penal en Cámara de Diputado donde critica y alaba varios de sus artículos; se opone al 86 y 89
Santo Domingo.- El presidente del Partido Esperanza Democrática (PED), Ramfis Domínguez Trujillo, depositó una comunicación en la Cámara de Diputados, dirigida a la comisión especial que revisa el Código Penal.
Domínguez Trujillo critica los artículos 86 y 89 del propuesto Código Penal, ya sancionado en el Senado, estipulando que esos dos puntos provienen directamente del estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional y los convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949, pactos a los que República Dominicana es firmante, pero advirtiendo que “República Dominicana no debe permitir las injerencias en asuntos internos del país”.
“No podemos permitir nuestra subyugación a las imposiciones internacionales en temas de vital importancia como la defensa de nuestra soberanía, ni podemos permitir su injerencia en el Código Penal que orientará el orden público dentro de nuestro territorio nacional”, puntualizó.
El dirigente político de la oposición, reprochó a los legisladores que aprobaron el proyecto de ley con esos acápites que, afirma, mancillan los mejores intereses del país, y fomentan el descrédito de la nación, convirtiendo un derecho de todo Estado libre y soberano, en un delito de capa mayor.
Ramfis propuso la tipificación como delito muy grave, la violación a la cuota laboral 80/20 de la ley 16-92 del Código de Trabajo, que obliga a toda empresa contratar a nacionales dominicanos para el 80% de su cuerpo laboral, y además el acto de facilitar la entrada de inmigrantes ilegales al territorio nacional, proponiendo una pena máxima de 30 años de encarcelamiento.
Domínguez-Trujillo denunció que el artículo 14 del Código Penal, determinando que tanto las iglesias como los partidos políticos deben estar sujetos como personas jurídicas que son, a las responsabilidades penales que atañen a todas estas personerías jurídicas.
Consideró, que en nada contraviene esa disposición con el artículo 45 de la Constitución que garantiza el derecho a la libertad de conciencia y de cultos, a la vez que asegura que ofrecería una mayor protección a la población en general, evitando que delincuentes puedan “manipular el noble propósito de estas y los beneficios gubernamentales que le corresponden, para cometer sus fechorías.”
Manifestó que la ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones, y Movimientos Políticos, no contempla en sus reglamentos sanciones penales algunas, considerando que es una necesidad ineludible incluir estos elementos en el Código Penal para eliminar ese vacío legislativo.
Ramfis elogió la exclusión de dos de las tres causales del Código Penal, no obstante, censuró el artículo 112 que, según su apreciación, enarbola capciosamente la primera causal, exonerando de toda responsabilidad al personal médico en la interrupción del embarazo y sin restricción alguna.
En cuanto a la corrupción, el presidente del PED exigió que este delito sea declarado imprescriptible, por lo que propone la eliminación del artículo 328, y observando, además, que “todo acto de corrupción sin límite alguno debe ser clasificado como muy grave, con sanciones penitenciarias sin importar el monto envuelto en el ilícito”. Exhortó a la incrementación de las penas correspondientes hasta 30 años de prisión, y un ensanchamiento a los decomisos de dineros malversados al Estado.