Testigo del Ministerio Público no pudo identificar “sobornados”, pero si admite que Rondón representó comercialmente a Odebrecht en RD

Santo Domingo.-El testigo brasileño en el caso Odebrecht Mauricio Dantas Bezerra reconoció ante el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional que el imputado Ángel Rondón Rijo era representante comercial, consultor y socio de la constructora.

Sin embargo, el mismo testigo que ha hablado de distribución de supuestos sobornos por US$92 millones, no pudo señalar con nombres y apellidos qué personas los habrían recibido, ni cuántos funcionarios o legisladores habrían sido sobornados.

De igual forma, según la defensa de los acusados, el testigo tampoco pudo aclarar cuál fue el desglose de los pagos realizados directa o indirectamente por Odebrecht de los 92 millones supuestamente entregados como sobornos.

Dantas Bezerra, exejecutivo del área legal de la constructora, admitió que las transferencias hechas por la empresa a Rondón Rijo tenían como base contratos suscritos entre las partes.

Señaló que participó activamente en el acuerdo de lenidad suscrito entre Odebrecht y la Procuraduría General de la República, que implica proveer información para el caso.

Los abogados de Rondón, quienes suscriben la declaración, son José Miguel Minier, Emery Rodríguez y Fernan Ramos.

El abogado Minier fue quien concluyó el contra interrogatorio requiriendo del testigo confirmar si el nombre de Rondón aparece como intermediario de pago de sobornos en la admisión de culpabilidad de Odebrecht con Estados Unidos o en los acuerdos de lenidad con ese país, Suiza y Brasil, así como en el convenio reformulado para búsqueda de oportunidad en República Dominicana. Dantas Bezerra respondió que no.

En ese contexto fue que el profesional del derecho le preguntó si podía identificar por nombres y apellidos a congresistas y funcionarios que habrían recibido sobornos y su respuesta fue igualmente que no.

En tal sentido, la defensa técnica de Rondón Rijo sostuvo que la ambivalencia y la referencia de presuntos hechos de los que el testigo no muestra tener información directa, descalifican su testimonio como prueba acreditable ante el tribunal.

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