TSE rechaza solicitud medida cautelar de extrema urgencia interpuesta por ciudadano procuraba verificación de aptitudes legales y anulación suplemente a regidor del PRM en DN

Santo Domingo.- El Tribunal Superior Electoral (TSE) rechazó en cuanto al fondo, la solicitud de medida cautelar de extrema urgencia interpuesta por el ciudadano Francisco José Collado Díaz, que procuraba la verificación de las aptitudes legales y la anulación del Certificado de Elección del ciudadano proclamado como suplente número cuatro en la boleta de regidores del Partido Revolucionario Moderno (PRM), correspondiente a la circunscripción número uno del Distrito Nacional.

En la acción figuraban como partes demandadas el ayuntamiento del Distrito Nacional y su Concejo de Regidores; la Junta Central Electoral (JCE); el Partido Revolucionario Moderno (PRM) y el ciudadano Wilkin Gillermo Martínez Presinal.

El rechazo fue motivado en que no se configuran los numerales uno y dos del artículo 160 del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales, al no acreditarse de forma fehaciente la verosimilitud del derecho invocado ni constatarse un daño inminente e irreparable que afecte la eficacia de una sentencia definitiva sobre el fondo del asunto.

Asimismo, la Alta Corte acogió el planteamiento del PRM en cuanto a la violación al principio de inmutabilidad del proceso, ya que la parte demandante presentó un desistimiento parcial de sus conclusiones luego de que las partes concluyeran sobre el fondo.

En consecuencia, el Tribunal declaró irrecibible el desistimiento parcial.

Igualmente, se acogió la solicitud del demandado, Wilkin Guillermo Martínez Presinal, respecto a la declaratoria de irrecibible de un nuevo documento presentado en audiencia por la parte demandante, el acto núm. 416/2025, de fecha 26 de mayo de 2025, instrumentado por el alguacil Saúl Alexander Bonifacio Capellán por no haber sido sometido al contradictorio.

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